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ASFI pide a prestatarios “no dejarse influenciar” por grupos que buscan impedir que se acojan a las “medidas de alivio financiero”

La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) denunció que grupos buscan impedir que los prestatarios afectados por eventos climatológicos adversos, conflictos sociales y bloqueos se acojan a las “medidas de alivio financiero” que implica el financiamiento y/o reprogramación de créditos y exhortó a los mismos a tomar información oficial y “no dejarse influenciar”.

“Solicitamos a la población a tomar la información oficial y no dejarse influenciar por grupos que, desacreditando estas disposiciones, buscan impedir que los prestatarios puedan acogerse a estas medidas de apoyo diseñadas en beneficio de su estabilidad económica y financiera”, se lee en un comunicado de la ASFI.

La entidad recordó que emitió medidas de alivio en favor de aquellos deudores afectados en sus ingresos debido a factores externos, tales como eventos climatológicos adversos, conflictos sociales y bloqueos en el país que duraron más de 24 días.

Instruyó a las Entidades de intermediación Financiera (EIF) y a las Empresas de Arrendamiento Financiero (EAF) analizar y atender solicitudes de financiamiento y/o reprogramación de créditos que sean presentadas por dichos deudores.

Los refinanciamientos y/o reprogramaciones pueden incluir periodos de gracia y de prórroga, así como otros mecanismos favorables que se ajusten a las características del crédito y a la situación particular de cada prestatario, debiendo tomar en cuenta que la reprogramación, bajo estas condiciones, no implica el cambio de calificación del deudor a una categoría de mayor riesgo de forma automática, ni el cambio de su estado.

Además, la ASFI determinó normativamente que las EIF y EAF deben atender estas solicitudes en un plazo máximo de 30 días calendario, para lo cual, se puso a disposición de los prestatarios el «Formulario de Solicitud de Refinanciamiento y/o Reprogramación de Créditos” y el «Formulario de Solicitud de Refinanciamiento y/o Reprogramación de Créditos de la Banca Comunal”, disponibles en los sitios web de las Entidades Financieras (EF) y de la ASFI o en forma física en los Puntos de Atención Financiera de dichas entidades.

Asimismo, con el propósito de que las EIF y sus deudores acuerden nuevos términos de los créditos ya otorgados, se modificó la normativa, ampliando el plazo para el inició de acciones judiciales de 91 a 121 días, pudiendo dicho plazo ser ampliado por 120 días adicionales, con la respectiva autorización.

Por otra parte, la ASFI recordó a los prestatarios interesados que pueden presentar su reclamo en primera y segunda instancia, en caso de que las EF no atiendan sus solicitudes de reprogramación y/o refinanclamiento, sin alguna justificación.

“Es importante aclarar que las medidas de reprogramación y/o refinanclamiento tienen como objetivo principal brindar un alivio financiero a los prestatarios afectados, evitando que Ingresen en mora y, con ello, reducir la probabilidad de acciones judiciales”, resaltó la entidad.

SourceABI

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