Una exigencia del Tribunal Supremo Electoral (TSE) pone en jaque la iniciativa ciudadana que busca la reforma judicial mediante referéndum. Se trata de que las actas de apertura y cierre de los libros de adhesión deben estar llenadas y suscritas por notarios de fe pública, lo que según cálculos del grupo de Juristas Independientes costará al menos un millón de bolivianos.
El 14 de octubre, el TSE modificó el reglamento para la “Verificación de huellas, firmas y la pregunta en el proceso de iniciativa popular”. En el artículo 17 del documento se dispuso que “los promotores deberán prever que las Actas de Apertura y Cierre se encuentren llenadas y suscritas por un Notario de Fe Pública”.
El exalcalde y abogado Juan Del Granado, miembro del grupo de Juristas Independientes, explicó que el hecho de que un notario realice el acto de apertura y cierre de las actas de los libros hace que el costo de este proceso -del llenado de firmas- sume al menos un millón de bolivianos. Añadió que esta intervención burocrática pone cuesta arriba la iniciativa.
“Si tú sumas 34 bolivianos en el acta de apertura por libro y una suma similar en el acta de cierre, y eso los multiplicas por al menos 15.000 libros, te encuentras con un gasto de al menos un millón de bolivianos, que los Juristas Independientes deberíamos erogar. Esto no es posible hacerlo y malograría el esfuerzo ciudadano”, aseveró.
Del Granado indicó que hace aproximadamente 10 días solicitaron a los vocales del Órgano Electoral que eliminen “esta determinación burocrática y costosa”, puesto que quien debe verificar las firmas es el Secretario de Cámara de la institución.
El abogado José Antonio Rivera, también miembro de Juristas Independientes, calificó de impropia la modificación al reglamento, respecto a las actas de apertura y cierre, puesto que aparte del costo implicará también una demora en el proceso. Observó que el TSE es un órgano independiente, y que los notarios pertenecen al Ejecutivo, por lo que la fe pública la tiene que cumplir una autoridad del ente electoral.
“Lo correcto sería que el Secretario de Cámara del TSE dé la fe pública sobre la apertura y cierre de los libros sin tener que gravar con costos económicos. También está el tema de los tiempos, cada acta el notario no lo hará en un minuto, tiene que redactar el acta, firmar y sellar y 17.000 actas llevará un tiempo, cuando estamos contra el tiempo”, puntualizó.
Rivera sostuvo que el Órgano Electoral no cumplió con los plazos establecidos, en lo que va de este proceso para iniciar una reforma judicial vía consulta popular. Explicó que la última solicitud que hicieron, hace 10 días, respecto a los libros de adhesión, debía ser contestada en 48 horas. Aseguró que si no hay una respuesta hasta fin de mes, la reforma judicial ya no se la podrá realizar antes de las elecciones judiciales.
El constitucionalista Julio Veizaga dijo que la modificación al reglamento, que fue realizada mientras los Juristas Independientes iniciaban los trámites, es una traba del TSE para que no se pueda concretar esta iniciativa de reforma judicial. Señaló que ahora los notarios dependen del Órgano Ejecutivo, por lo cual establecer este requisito de ese tipo está fuera de la legalidad.
“Los notarios de fe pública solamente dan fe de la actuación cuando intervienen en ciertos actos jurídicos o actos formales, pero no tiene una vinculación directa con el ámbito electoral y político. Esta exigencia está fuera de lugar, no tiene mucho sustento legal, es suficiente que el Órgano Electoral dé un visto bueno o una nota de autenticidad a los libros”, enfatizó Veizaga.
Gonzalo Hidalgo, constitucionalista, aseveró que la modificación del Órgano Electoral al reglamento -que impone mecanismos “administrativos y arbitrarios”- no ayuda al ejercicio de la democracia. Añadió que el requisito de los notarios contradice el espíritu de la gratuidad para las iniciativas ciudadanas, el cual está especificado en la Constitución.
“El TSE debería reconsiderar los principios establecidos en la Constitución y luego pensará que los actos democráticos de iniciativas ciudadanas no deberían tener costos administrativos abultados. Caso contrario significa que promover cambios constitucionales por la vía democrática estaría supeditado a costos excesivos”, complementó.
Página Siete se contactó con el TSE para tener su versión sobre este tema. No obstante, desde la entidad indicaron que los vocales estaban en Sala Plena.
14
DE OCTUBRE
es la fecha en la que el Tribunal Supremo Electoral modificó el reglamento marco.
Jurista: “Es un precedente para frenar iniciativas ciudadanas en lo futuro”
El abogado constitucionalista Julio Veizaga aseveró que el Tribunal Supremo Electoral (TSE), con la modificación del reglamento para la “Verificación de huellas, firmas y la pregunta en el proceso de iniciativa popular”, deja un precedente para frenar iniciativas ciudadanas, por el costo que significa que un notario de fe pública realice apertura y cierre de cada libro de adhesión.
“Es un precedente para frenar iniciativas ciudadanas en lo futuro, por el costo económico que significa. Si no es corregido, sentaría una referencia obligada para las futuras iniciativas ciudadanas”, aseguró.
Veizaga indicó que los juristas independientes pueden acudir al Tribunal Constitucional para objetar la modificación a la norma de iniciativa ciudadana que modificó el TSE.
“Los juristas pueden impugnar ese reglamento porque afecta el derecho que tienen los ciudadanos de promover, sin mayores restricciones y limitaciones, iniciativas ciudadanas”, dijo.