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Beneficiarios del Re-IVA no son clasificados como contribuyentes ni pasan por fiscalización

El presidente del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), Mario Cazón Morales, aclaró que las personas naturales inscritas en el Régimen de Reintegro del Impuesto al Valor Agregado (Re-IVA) son “beneficiarias” de la devolución en efectivo del 5% del IVA y no son consideradas contribuyentes, ni están sujetas a fiscalización por las facturas declaradas.
La autoridad explicó que “las personas se inscriben en este régimen para que el Estado les devuelva, mediante Impuestos Nacionales, el 5% del IVA; y por tanto son beneficiarios, no son contribuyentes”.
“Hay que aclarar, porque en otro medio de comunicación, o también en la calle, algún ciudadano me preguntaba y me decía: Cuándo nos registramos en Impuestos Nacionales, ¿somos contribuyentes, nos van a controlar, nos van a fiscalizar? No —resaltó Cazón con énfasis—, no los vamos a fiscalizar, ni los vamos a controlar”.
Hecha esta aclaración, consideró que “ese temor tiene que desaparecer”, porque “no está dejando que se inscriban como beneficiarios de la devolución del 5% del IVA”.
“El Estado está redistribuyendo los recursos entre los más necesitados, aquellos trabajadores que ganan igual o menos de Bs9.000: por tanto —recalcó el Presidente del SIN—, los invitamos a que se habiliten, se inscriban, en el Re-IVA”.
Sin embargo, en el marco de sus atribuciones, el SIN detectará facturas alteradas, anuladas o no emitidas según el Libro o Registro de Compras y Ventas del proveedor, que hayan sido declaradas para el Re-IVA, y dispondrá la retención del importe indebidamente devuelto, en los siguientes periodos.
El Gobierno también diseñó el Re-IVA para fomentar la emisión de factura por la compra de un bien o servicio, porque esta es la mejor manera de aportar al crecimiento de la economía nacional.
El registro en el Re-IVA está abierto de manera indefinida para las personas naturales, es decir, trabajadores Dependientes, Independientes, Jubilados, Rentistas y Derechohabientes.
Esta inscripción se puede hacer por teléfono celular o computadora con conexión a Internet, a través de la página web www.impuestos.gob.bo, Oficina Virtual, opción “Registro de Beneficiarios Re-IVA”.
Los beneficiarios también pueden acudir a una oficina del SIN para solicitar asistencia en el registro de sus datos para el Re-IVA.

SourceLa Razón

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