El presidente del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), Mario Cazón Morales, aclaró que las personas naturales inscritas en el Régimen de Reintegro del Impuesto al Valor Agregado (Re-IVA) son “beneficiarias” de la devolución en efectivo del 5% del IVA y no son consideradas contribuyentes, ni están sujetas a fiscalización por las facturas declaradas.
La autoridad explicó que “las personas se inscriben en este régimen para que el Estado les devuelva, mediante Impuestos Nacionales, el 5% del IVA; y por tanto son beneficiarios, no son contribuyentes”.
“Hay que aclarar, porque en otro medio de comunicación, o también en la calle, algún ciudadano me preguntaba y me decía: Cuándo nos registramos en Impuestos Nacionales, ¿somos contribuyentes, nos van a controlar, nos van a fiscalizar? No —resaltó Cazón con énfasis—, no los vamos a fiscalizar, ni los vamos a controlar”.
Hecha esta aclaración, consideró que “ese temor tiene que desaparecer”, porque “no está dejando que se inscriban como beneficiarios de la devolución del 5% del IVA”.
“El Estado está redistribuyendo los recursos entre los más necesitados, aquellos trabajadores que ganan igual o menos de Bs9.000: por tanto —recalcó el Presidente del SIN—, los invitamos a que se habiliten, se inscriban, en el Re-IVA”.
Sin embargo, en el marco de sus atribuciones, el SIN detectará facturas alteradas, anuladas o no emitidas según el Libro o Registro de Compras y Ventas del proveedor, que hayan sido declaradas para el Re-IVA, y dispondrá la retención del importe indebidamente devuelto, en los siguientes periodos.
El Gobierno también diseñó el Re-IVA para fomentar la emisión de factura por la compra de un bien o servicio, porque esta es la mejor manera de aportar al crecimiento de la economía nacional.
El registro en el Re-IVA está abierto de manera indefinida para las personas naturales, es decir, trabajadores Dependientes, Independientes, Jubilados, Rentistas y Derechohabientes.
Esta inscripción se puede hacer por teléfono celular o computadora con conexión a Internet, a través de la página web www.impuestos.gob.bo, Oficina Virtual, opción “Registro de Beneficiarios Re-IVA”.
Los beneficiarios también pueden acudir a una oficina del SIN para solicitar asistencia en el registro de sus datos para el Re-IVA.
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